La
justicia exhibe avances a un año
del Código Procesal Penal
VIVIANO DE LEÓN
Listin Diario, Santo Domingo 26 de Septiembre, 2005
A un año de la entrada en vigencia del Código
Procesal Penal, la República Dominicana ha logrado
poner en ejecución y exhibir importantes mecanismos
que han contribuido a la modernización del sistema
judicial, estableciendo la diferencia entre la nueva
legislación y el viejo sistema, que se caracterizaba
por la lentitud y una marcada violación de los
derechos de los ciudadanos.
Las medidas de coerción, el juicio preliminar,
la conciliación entre las partes, el juez de la
ejecución de las penas, la presunción de
inocencia y la obligatoriedad de una orden de un juez
para los allanamientos y detención de los ciudadanos,
son sólo una muestra de esos avances que ha introducido
a la maquinaria judicial del país, la ley 76-02
que establece el Código Procesal Penal de la República
Dominicana.
A la fecha, la combinación de esos nuevos elementos
han dejado resultados positivos para el país,
como la reducción de un 70 a 50% de los presos
preventivos, fruto de que ahora un imputado no puede
estar en prisión más del tiempo establecido
por la ley, además de que puede estar en libertad
hasta que concluya el juicio preliminar o de fondo y
el juez dicte la sentencia correspondiente.
A esos beneficios se suman los defensores públicos
que la ley obliga al Estado suministrar a cada imputado
que no tenga los recursos para pagar un abogado, y los
tribunales colegiados integrados por tres jueces que
tienen la facultad de conocer y decidir de manera conjunta
sobre todas las infracciones contra la ley que conlleven
más de dos años de prisión, entre
otras.
A pesar de que todavía no existe un gran número
de sentencias importantes de casos conocidos con la nueva
normativa, los principales actores del sistema judicial
y otras instituciones que participaron en la elaboración
del Código Procesal Penal, coinciden en que los
primeros 12 meses de su aplicación han significado
un gran avance para la sociedad, resaltando que ahora
existe una mayor conciencia sobre el respeto de las garantías
procesales.
Consenso
Tanto la Suprema Corte de Justicia como el ministerio
público y la Fundación Institucionalidad
y Justicia resaltan que en corto tiempo el Código
Procesal Penal ha mermado las preocupaciones de una sociedad
que durante más de 120 años cargó con
el peso de una justicia lenta, arbitraria, inhumana,
inquisitoria y divorciada de los preceptos constitucionales
y de los tratados y convenios internacionales que norman
los derechos de las personas.
Sin embargo, cada uno de
los representantes de esos organismos como el presidente
de la Suprema, Jorge
Subero Isa, el
procurador Francisco Domínguez Brito y el vicepresidente
de la Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán,
al ser entrevistados por LISTÍN DIARIO, citan
fallas y puntos negativos.
Para el jurista Juan Miguel Castillo Pantaleón,
uno de los principales críticos del código
desde antes de su puesta en ejecución, al cumplirse
el primer año de su ejecución ha quedado
demostrado que es una ley que protege a los infractores,
que ha contribuido al auge de la delincuencia y que no
ha generado ninguna sentencia trascendental para el país.
La Suprema
Mientras para el presidente de la Suprema Corte de Justicia,
el primer año del Código Procesal Penal
ha sido positivo, ya que ha evitado los apresamientos
por capricho de la Policía, que los detenidos
no duren en prisión más del tiempo establecido
por ley y que no sean sometidos a torturas físicas.
Subero, en declaraciones recientes, ha citado entre
los éxitos
del Código, la sentencia que condena a 20 y 30
años de prisión al diácono Meregildo
Díaz y el sargento Valentín Vicioso de
Jesús, resaltando que la misma se produjo un domingo,
día que antes de la entrada en vigencia del Código
los jueces no trabajaban.
Sin embargo, Subero Isa entiende que para un buen funcionamiento
del Poder Judicial hace falta que el ministerio público
actúe con la misma presteza que la Suprema Corte
de Justicia.
Rechaza que el Código Procesal Penal sea el responsable
de la delincuencia, ya que lo único que ha hecho
es servir de instrumento para la aplicación de
la legislación interna y los tratados internacionales,
que al momento de su entrada en vigencia ya existían.
A juicio del presidente de la Suprema el gran reto para
la aplicación del Código Procesal Penal
lo tiene el ministerio público, no los jueces, ‘‘porque
el juez ya no va a buscar pruebas, sino que evalúa
las que le suministran’’.
La Finjus
De su lado, el vicepresidente ejecutivo de la Fundación
Institucionalidad y Justicia cree que la eficiencia del
Código ha sido probada, al tiempo que informó que
los resultados de un levantamiento realizado por esa
entidad indican que más del 95% de los participantes
valoran el actual proceso como el más eficiente.
‘‘Ha mejorado la rapidez de los procesos
penales, el cumplimiento de los plazos, el respeto a
los derechos fundamentales
y el acceso a la justicia’’, apuntó Castaños
Guzmán.
Entre los obstáculos que ve, cita que todavía
los intereses políticos y el flagelo de la corrupción
interfieren de manera negativa en el manejo de los casos,
propiciando la inequidad y la impunidad.
‘‘Han habido vicios de interferencia política,
por ejemplo cuando tú ves que el presidente Fernández
dijo que habló con el fiscal para que suspendiera
una citación, evidentemente que ahí hay
una interferencia, hay una violación al
Estatuto del Ministerio Público’’,
agregó.
‘‘El ministerio público es uno de
los actores más
débiles en la aplicación del Código,
a ellos no les gusta que uno lo diga pero los
casos se caen muchas veces por falta de motivación
y profundización
en las investigaciones’’, expresó.
Procurador
El procurador Domínguez Brito al evaluar la aplicación
del Código dijo que el principal logro ha sido
que la República Dominicana es donde con menos
trauma se ha aplicado, y atribuyó su éxito
a que es una ley que supera a la antigua legislación
en cuanto al respeto de las libertades individuales y
el debido proceso.
Sin embargo, Domínguez Brito considera que un
año después los jueces y los propios representantes
del ministerio público todavía no respetan
a plenitud los plazos establecidos, además de
que burocratizan el proceso, lo que a su juicio todavía
da la impresión de que los actores no han logrado
cambiar la cultura de cientos de años.
Plantea la necesidad de continuar el proceso de capacitación
de los actores de la justicia. Consideró que en
su primer año de aplicación la nueva normativa
ha contribuido a disminuir considerablemente el número
de presos preventivos.
Castillo Pantaleón
De su lado, el jurista Juan Miguel Castillo Pantaleón,
sostiene que todos los puntos que señaló al
inicio de la ley han producido los efectos negativos
que vaticinó. Afirma que el Código ha propiciado
el auge de la criminalidad, dificultades para la instrumentación
de expedientes por parte de la autoridad y ha aumentado
la impunidad.
De acuerdo con su apreciación, al cabo de un año
de su aplicación, el Código no ha producido
ningún tipo de sentencia importante en casos de
corrupción y droga.
De igual modo, Castillo Pantaleón afirma que el
Código no ha aportado al país grandes beneficios,
porque después de su entrada en vigencia barrios
completos han tenido que ser militarizados y ha habido
una explosión de delincuencia.
Asimismo propuso que tanto el juez como los miembros
de la Policía Nacional deben volver a tener una
participación más activa en el proceso
de investigación de los casos. Califica el papel
del ministerio público como pobrísimo.
Nueva normativa
Cómo juzgar culpables
El Código Procesal Penal, promulgado el 19 de
julio del 2002, mediante la ley 76-02, establece los
pasos a seguir para juzgar a las personas que cometen
crímenes y delitos. Entró en vigencia el
27 de septiembre del 2004. Contiene todas las reglas
de procedimiento y los principios por los cuales se rigen
todas las personas involucradas en los diversos casos
judiciales.
La nueva normativa está en un proceso de transición,
por lo que los casos que no estaban concluidos al momento
de su entrada en vigencia en la actualidad son conocidos
por un equipo de jueces liquidadores cuya designación
está establecida en el mismo código, los
cuales al pasado mes de julio habían liquidado
15 mil 215 expedientes de un total de 68 mil 197 que
en enero de este año estaban pendientes de liquidar
con el viejo Código de Procedimiento Criminal.
Al entregar en vigor el Código estableció la
necesidad de unos 226 defensores públicos, por
lo que en un año la SCJ ha preparado unos 86,
además de contar con 92 abogados de oficios, 7
trabajadores sociales y 11 investigadores públicos.
El máximo tribunal judicial dispone de 489 tribunales
y 586 jueces a nivel nacional.
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